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Derechos y Deberes de los estudiantes

La ley general de educación en el Art.10. Señala los derechos y deberes de los alumnos y alumnas:

Los alumnos y alumnas tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral; a recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales; a no ser discriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos. Tienen derecho, además, a que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento. De igual modo, tienen derecho a ser informados de las pautas evaluativas; a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento; a participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento, y a asociarse entre ellos.

Son deberes de los alumnos y alumnas brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa; asistir a clases; estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades; colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar, cuidar la infraestructura educacional y respetar el proyecto educativo y el reglamento interno del establecimiento.

Derechos y Deberes de los Apoderados

La LGE establece en su Art. 3° letra g) el principio de responsabilidad de los actores del proceso educativo. AI respecto, dispone que el sistema educativo debe promover el principio de responsabilidad de los alumnos en relación con el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de sus deberes escolares, cívicos, ciudadanos y sociales, haciendo    extensivo

este principio a los padres y apoderados  en relación con la educación  de sus hijos8      A su

vez, el Art. 10 letra b) de la misma ley, luego de consagrar los derechos de los padres, madres y apoderados, en su inciso final, establece cuáles son los deberes que los padres, madres y apoderados deben cumplir. Entre ellos se encuentran:

  1. Educar a sus hijos y apoyar los procesos educativos.

  2. Informarse, respetar y contribuir a dar cumplimiento al proyecto educativo, a las normas de convivencia* y a las normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para sus hijos, establecidas en el reglamento interno del establecimiento

  3. Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional.

  4. Respetar la normativa interna del establecimiento y brindar un trato respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa.

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